1.- ¿Cuál es la función de la AIT? – El objeto de la Autoridad de Impugnación Tributaria (AIT), a través de la Autoridad General y las Autoridades Regionales de Impugnación Tributaria es: “Conocer y resolver los Recursos de Alzada y Jerárquicos que se interpongan contra actos definitivos de la Administración Tributaria (Servicio Impuestos Nacionales, Aduana Nacional y Gobiernos Autónomos Municipales) referidos a resoluciones determinativas, resoluciones sancionatorias, resoluciones que denieguen solicitudes de exención, compensación, repetición o devolución de impuestos, resoluciones que exijan la restitución de lo indebidamente devuelto en los casos de devoluciones impositivas y todo acto que declare la responsabilidad de terceras personas en el pago de obligaciones tributarias en defecto o en lugar del sujeto pasivo”.
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